Asamblea debate proyecto de ley para regular la reproducción humana asistida en Ecuador

La Asamblea Nacional analizará este miércoles 29 de julio, en segundo debate, el proyecto de Ley Orgánica de Reproducción Humana Asistida, una iniciativa que busca crear por primera vez un marco legal para regular los tratamientos de fertilidad asistida en Ecuador, garantizar los derechos de quienes recurren a estos procedimientos y proteger a los niños nacidos mediante estas técnicas.

El informe incorpora modificaciones respecto al texto inicial y prioriza la protección de los derechos humanos, el interés superior del niño, la seguridad jurídica de las familias y la aplicación ética de los procedimientos médicos. De ser aprobado, el país contará con una normativa específica para una materia que hasta ahora no tenía una regulación integral.

Uno de los puntos que ha generado debate es el reconocimiento de la familia en sus diversos tipos dentro del proyecto. Aunque la propuesta no menciona expresamente a las parejas del mismo sexo, algunos legisladores consideran que la redacción permitiría incluir a familias homoparentales y otras formas de organización familiar entre quienes podrían acceder a estos tratamientos.

La iniciativa autoriza procedimientos como la inseminación artificial, la fecundación in vitro y la fecundación in vitro con microinyección espermática. También regula la crioconservación de óvulos, espermatozoides y embriones, la transferencia de embriones congelados y el diagnóstico genético preimplantacional.

En contraste, el proyecto prohíbe prácticas como la gestación subrogada o vientres de alquiler, la reproducción post mortem y la clonación con fines reproductivos, al considerar que podrían vulnerar la dignidad de las personas y el interés superior del niño.

La propuesta establece que podrán acceder a estos procedimientos todas las personas mayores de edad, sin discriminación por estado civil u orientación sexual, siempre que otorguen su consentimiento informado y sean ciudadanos ecuatorianos o residentes permanentes.

Además, reconoce los derechos de los niños concebidos mediante reproducción asistida, garantizando su identidad, nacionalidad, inscripción en el Registro Civil y acceso a servicios de salud. También permite que, bajo criterios médicos, puedan conocer información sobre las características y antecedentes de los donantes de gametos, sin revelar su identidad.

El proyecto también fija derechos para los pacientes y donantes, regula la confidencialidad de la información, prohíbe la comercialización de embriones y la selección genética con fines no médicos, y dispone que estos procedimientos solo puedan realizarse en establecimientos de salud autorizados por la Autoridad Sanitaria Nacional. Asimismo, crea un Registro Nacional de Reproducción Humana Asistida y un Consejo Consultivo que brindará asesoría técnica, científica y bioética para la aplicación de la futura ley.

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